Criminología

Delitos de Cuello Blanco – Teoría Criminológica

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La teoría de Sutherland sobre el delito de cuello blanco trata uno de los problemas de tendencia creciente en la sociedad actual. ¿Qué es el delito de cuello blanco, y qué impacto tiene? Continúa leyendo…

          España, junto con la gran mayoría de Europa y muchos otros países de los distintos continentes funcionan bajo un sistema capitalista que crea dos grupos sociales: el “grupo de los ricos” (unos pocos), y “el grupo de los demás” (una mayoría). Dos grupos muy diferentes en algunos aspectos, pero ambos parecen tener un mismo objetivo: Entrar, o mantenerse, en el grupo de los ricos. Es uno de los principales objetivos del ser humano que vive en un sistema capitalista: Ganar dinero, mucho dinero, con que más mejor, y si se consigue, buscar conseguir más. El capitalismo provoca esta necesidad (obtener dinero) que puede llegar a convertirse en deseo (obtener aún más dinero) o incluso en obsesión (nunca es suficiente dinero).

          El poder y el dinero son las principales motivaciones de una gran cantidad de seres humanos. Encontramos múltiples explicaciones y teorías criminológicas que explican la aparición del crimen en relación con la economía. Cuando obtener el dinero es el fin por necesidad, pero los medios para obtenerlo son inalcanzables o demasiado lentos, el individuo delinquirá para satisfacer su necesidad. Cuando obtener el dinero es un deseo, y el medio para obtenerlo es una oportunidad fácil, el individuo es posible que delinca. Pero… ¿qué sucede si el individuo tiene un cargo de poder y un elevado poder adquisitivo? ¿Existiría algún tipo de motivación para delinquir? ¿se arriesgaría a cometer delitos? ¿Serían diferentes a los que cometería una “persona media”?

Sutherland y el «Delito de Cuello Blanco»

Sutherland
Edward Sutherland

Edwin H. Sutherland ha sido considerado como uno de los criminólogos más influyentes del siglo XX. Una de las teorías más importantes elaboradas por Sutherland fue la teoría de la asociación diferencial, en donde explica que las conductas delictivas no son innatas sino aprendidas. Debido a que el ser humano al vivir en sociedad se relaciona continuamente con otras personas, existe la posibilidad de que determinados individuos (especialmente en los casos de jóvenes en proceso de aprendizaje) se junten con personas que no respetan la ley y aprendan de esos comportamientos. Por tanto, son las personas cercanas las que enseñan como delinquir. En cuanto a la motivación para delinquir, como explica Sutherland, una persona tiene mayor posibilidad de volverse delincuente si las actitudes positivas frente al comportamiento delictivo superan a los juicios negativos.

          Pues bien, partiendo siempre de esta explicación de que el comportamiento criminal se aprende, se procede a explicar el delito que Sutherland definió como “delito de cuello blanco”.

Definición de «delito de cuello blanco»

          Para Sutherland, el delito de cuello blanco es el delito cometido por un individuo profesional o de negocios con un alto estatus social y económico, con una visión general positiva que le permite evitar el proceso estigmatizador de ser visto como “un delincuente”. Comete sus delitos a través de su oficio o cargo que usa como vía para delinquir aprovechando su poder en el puesto. La “visión positiva” hacia estos sujetos hace que dispongan de la confianza de los demás facilitando así los fraudes u otros delitos.

          Si juntamos el este concepto con algunas de las principales teorías criminológicas sobre la motivación de los individuos para delinquir, podemos concluir que el delincuente de cuello blanco actúa bajo circunstancias internas Delito de cuello blanco(el delito aprendido socialmente) y circunstancias externas (posibilidades y oportunidades para delinquir).
Y al igual que no podemos definir un perfil de “delincuente callejero” que recoja con exactitud sus rasgos correspondientes, tampoco podemos desarrollar el perfil exacto del delincuente de cuello blanco, pero si podemos aproximarnos en base a las siguientes ideas:
Por lo general, el delincuente de cuello blanco muestra un carácter materialista aprendido, siendo una obsesión la obtención adicional de dinero con independencia de la cantidad de la que ya dispone. Por otro lado es probable que el delincuente muestre un carácter narcisista y egocéntrico.

IMPACTO DEL DELITO DE CUELLO BLANCO

Debemos de distinguir por una parte el impacto económico claro (la afectación del propio delito en la estructura económica), y el impacto físico del propio delito. En ambos casos, el impacto es importante debido a la “invisibilidad” del delito y al pensamiento general de que únicamente afecta al individuo estafado. Si unimos el impacto económico y personal, se produce una situación de anomía (situación de “ausencia de normas” en donde aparecen nuevas oportunidades para delinquir) que forma parte del daño social del delito.

          Si continuamos esta línea de consecuencias entendemos que el aprendizaje del crimen y las oportunidades conducen a los delitos de cuello blanco, y la producción de estos delitos conducen al desarrollo de diferentes situaciones de anomía. Continuando esta línea, las anomías pueden originar una desconfianza social hacia instituciones sociales (por ejemplo, si el sujeto “A” realiza delitos de cuello blanco en la sucursal bancaria “X” de la identidad bancaria “W”, es fácil que parte de la sociedad pierda la confianza no en el sujeto “A”, ni en la sucursal bancaria “X”, sino en la identidad bancaria “W” o incluso, en general, en los bancos del país), lo que podrá provocar diferentes vulnerabilidades en mercados, sociedades, etc. Es por todo esto por lo que se concluye que el mayor riesgo de este tipo de delitos son las desestructuraciones tanto económicas como sociales producidas, mayores que las producidas por otros tipos de delitos.

          Ahora bien, ¿Cómo puede resultar el impacto del delito prácticamente invisible, y aún así afectar a la sociedad? Imaginemos a un concejal de Medio Ambiente que durante los últimos años ha robado varios millones de euros al Ayuntamiento de la Ciudad X que idealmente iban a ser empleados en mejorar la estética de la ciudad. Ante esto, el ciudadano considerará que la víctima es el ayuntamiento, y no le da mayor importancia. Incluso si algún ciudadano se para a pensar que parte de ese dinero es suyo, ya que procede de sus impuestos o contribuciones al ayuntamiento, igualmente se consuela pensando que, de un modo u otro, ese dinero ya lo había “perdido” al pagarlo al Ayuntamiento, por lo que de una forma u otra el ciudadano considera el daño como algo ajeno a él. Esto hace que, salvo determinados casos, la reacción social sea mínima. Podemos comparar la reacción social que se produce por la paliza a un anciano de la ciudad o el asesinato de otro ciudadano (produce una fuerte reacción social ante el hecho que realmente es un delito ajeno al sujeto), a la reacción social del delito de cuello blanco en el que, realmente, todos los ciudadanos son víctimas del delito, no ajenas, y sin embargo la reacción social es mínima o nula. Eso sí, ante la falta de la reacción, si se produce una desconfianza hacia la política, ayuntamientos, sistema penal, etc. que sí podrá tener un efecto de difusión creando un ambiente de desconfianza cada vez mayor, frente a unas reacciones sociales cada vez menores o en ocasiones desacertadas.

Delito de cuello blanco

PREVENCIÓN y REACCIÓN ANTE EL DELITO DE CUELLO BLANCO

La persecución de este tipo de delitos se realiza desde dos tipos diferentes de control social. Por una parte encontramos el denominado “control social informal”, realizado por todos aquellos que no forman parte ni representan una institución. Nos referimos por tanto a un control social realizado por amigos, familia, etc. los cuales permiten un control del delito antes de su aparición. Esto se realiza principalmente a través de la enseñanza, promoviendo aptitudes sociales relacionadas con el respeto a las normas, empatía hacia posibles víctimas, relación entre iguales (ya que en ocasiones los delincuentes de cuello blanco no ven a su víctima como “un igual” sino como”un inferior”), etc. El desarrollo de estas aptitudes puede ser determinante para evitar el delito en el futuro.

         En cuanto al “control social formal”, es el control que presentan desde las instituciones y desde el Estado a través de estrategias y sanciones que se encuentran dentro (Policía, cuerpos penitenciarios y judiciales, etc). Este control es fundamental, más aún teniendo en cuenta que si bien el “control social informal” puede ser efectivo en una etapa de la vida (por ejemplo, en la juventud a través de la enseñanza familiar), sigue existiendo la posibilidad de que el individuo en la adultez desarrolle una conducta desviada debido a nuevas influencias (recordemos la teoría de asociación diferencial) o frustraciones, junto con la aparición de oportunidades.

¿QUÉ DICE EL SISTEMA PENAL ESPAÑOL?

delito de cuello blanco y sistema penal

No existe una sanción como tal hacia los delitos de cuello blanco, sino hacia la actividad delictiva correspondiente a ellos. Algunos ejemplos de estos delitos son:

  • Apropiación indebida / estafa.
  • Evasión de impuestos.
  • Falsificación.
  • Fraude.
  • Lavado de dinero.
  • Malversación de caudales públicos.
  • etc…

NO CONFUNDIR CON….

Delitos de Guante Blanco:

Son delitos relacionados principalmente con hurtos “limpios”, es decir, apropiaciones indebidas realizadas sin violencia o intimidación.

Delitos de Cuello Azul:

Tipo de delito definido igualmente por Sutherland, en el que a diferencia del delito de cuello blanco, el de cuello azul es un delito ligado a una actividad profesional que NO es realizado por individuos de alto status. Por ejemplo, un delito de cuello azul podría ser el delito realizado por un abogado que asesora conductas ilícitas, o la corrupción de funcionarios, o el delito de un médico suministrando ilegalmente drogas.


Bibliografía:

  • Serrano, A. (2011) Oportunidad y delito. Editorial Dykinson.
  • Nuñez, M.A., Perez, F. (2002) Nociones de  criminología. Editorial Colex.
  • Ragagnin, F I; (2005). El relato de las noticias sobre delito de cuello blanco. La criminalidad de etiqueta. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=64901302
  • Sutherland, E. (1999). El Delito  de  cuello  blanco. Colección genealogia del  poder  nº 31 (traducción de  Rosa  del Olmo)